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La Justicia declaró inconstitucional el decreto con el que el Gobierno frenó la Ley de Financiamiento Universitario

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 declaró inconstitucional el decreto con el que el Gobierno había frenado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Poder Ejecutivo cumplir con la normativa sancionada por el Congreso.

La resolución, firmada por el juez Martín Cormick, hizo lugar al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) y dejó sin efecto el Decreto 759/2025.

En ese marco, el magistrado ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”.

El Gobierno había intentado detener la implementación de la ley mediante un veto. Después de que el Congreso rechazara esa decisión y ratificara la normativa, el Ejecutivo dictó un decreto que establecía que el financiamiento universitario solo podía aplicarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.

Ante esa situación, el CIN, la UBA y otras universidades promovieron un amparo colectivo para reclamar el cumplimiento de los principales puntos de la ley, entre ellos la asignación de partidas para el funcionamiento de las instituciones y la recomposición salarial de docentes y no docentes.

En su resolución, Cormick sostuvo que el decreto oficial “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

El juez señaló además que, frente a la imposibilidad legal de establecer un nuevo veto, el decreto “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” y configuró, según su interpretación, “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.

Cormick también afirmó que “el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.

Por otra parte, el magistrado cuestionó el cálculo sobre el impacto fiscal de la ley. Recordó que durante 2024 y 2025 no hubo una Ley de Presupuesto y que se prorrogaron las partidas correspondientes al presupuesto de 2023. Además, citó un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso según el cual el impacto de la norma durante 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.

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